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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-PS-23-1354

Superintendencia de Bancos de la República Dominicana vs. Manuel de Jesús Ureña Fermín

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
30 jun de 2023
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Se declara incompetente
Decisión impugnada
Corte de Apelación de Puerto Plata, del 12 de diciem-
Publicación
Boletín Judicial de junio de 2023

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteSuperintendencia de Bancos de la República DominicanaSuperintendencia de Bancos →
RecurridoManuel de Jesús Ureña Fermín

Lo que decidió

FALLA: PRIMERO: Declara la incompetencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia para conocer el recurso de casación intentado por Superintendencia de Bancos de la República Dominicana contra la sentencia civil núm. 627-2019-SSEN-00274, dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, en fecha 12 de diciembre de 2019, por los motivos expuestos. SEGUNDO: ENVÍA el caso por ante las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, con el propósito correspondiente.

Resumen

Declara que la Primera Sala no es competente para conocer un segundo recurso de casación que plantea medios nuevos y otros relativos a puntos de derecho ya juzgados en una primera casación. Envía el caso a las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia.

recurso de casacióncompetencia funcionalSalas Reunidasmedios mixtosincompetencia

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Boletín Judicial del Poder JudicialPDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona