Edenorte Dominicana S. A., (Edenorte) vs. Nereida Antonia Pérez Goris y Tobias Guzmán López
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Edenorte Dominicana S. A., (Edenorte) | Empresa de Distribución Eléctrica del Norte → |
| Recurrido | Nereida Antonia Pérez Goris | |
| Recurrido | Tobias Guzmán López |
FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la sentencia civil núm. 885 1498-2020-SSEN-00032, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en fecha 31 de enero de 2020, con relación al señor José Amado Guzmán Pérez, por los motivos expuestos. SEGUNDO: CASA la sentencia civil núm. 1498-2020-SSEN-00032, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en fecha 31 de enero de 2020, únicamente el aspecto concerniente al punto de partida del interés impuesto, y envía el asunto así delimitado ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en las mismas atribuciones. TERCERO: RECHAZA en sus demás aspectos, el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la referida sentencia, por los motivos expuestos. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento.
Decide un recurso de casación de Edenorte contra una condena por daños morales derivados de la muerte por electrocución causada por un cable eléctrico. Declara caduco el recurso respecto de un correcurrido, casa parcialmente la sentencia por fijar los intereses desde la demanda y rechaza los demás aspectos del recurso.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona