miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Sentencia SCJ-PS-23-1272

Edenorte Dominicana S. A., (Edenorte) vs. Nereida Antonia Pérez Goris y Tobias Guzmán López

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
30 jun de 2023
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara la caducidad
Decisión impugnada
Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte
Publicación
Boletín Judicial de junio de 2023

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteEdenorte Dominicana S. A., (Edenorte)Empresa de Distribución Eléctrica del Norte →
RecurridoNereida Antonia Pérez Goris
RecurridoTobias Guzmán López

Lo que decidió

FALLA: PRIMERO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la sentencia civil núm. 885 1498-2020-SSEN-00032, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en fecha 31 de enero de 2020, con relación al señor José Amado Guzmán Pérez, por los motivos expuestos. SEGUNDO: CASA la sentencia civil núm. 1498-2020-SSEN-00032, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en fecha 31 de enero de 2020, únicamente el aspecto concerniente al punto de partida del interés impuesto, y envía el asunto así delimitado ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en las mismas atribuciones. TERCERO: RECHAZA en sus demás aspectos, el recurso de casación interpuesto por Edenorte Dominicana, S. A., contra la referida sentencia, por los motivos expuestos. CUARTO: COMPENSA las costas del procedimiento.

Resumen

Decide un recurso de casación de Edenorte contra una condena por daños morales derivados de la muerte por electrocución causada por un cable eléctrico. Declara caduco el recurso respecto de un correcurrido, casa parcialmente la sentencia por fijar los intereses desde la demanda y rechaza los demás aspectos del recurso.

recurso de casaciónresponsabilidad civilcosa inanimadaelectrocucióndaño moralintereses judicialescaducidad

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Boletín Judicial del Poder JudicialPDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • CongresoLegisladores, iniciativas, asistencia y votos
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona