Bienvenido Rodríguez Díaz vs. Rafael Espinal Brito
Persona de interés · en verificación| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Bienvenido Rodríguez Díaz | |
| Recurrido | Rafael Espinal Brito | Persona de interés con el mismo nombre →En verificación · coincidencia estimada 11 % Autoridad electa; Candidato a un cargo electivo; Declaración jurada de patrimonio. El cruce es por nombre y puede tratarse de otra persona; el nombre aparece en 4 elecciones (como candidato). |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto Bienvenido Segunda Sala Rodríguez Díaz, Edilia Padilla Hernández de Rodríguez, Juan Alberto Rodríguez, José Bladimir Rodríguez, Xiomara Rodríguez, Juan Francisco Rodríguez, Alfredo Rodríguez y Bienvenido Rodríguez, contra la sentencia civil núm. 132-2017-SCON-00340, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte, en fecha 16 de mayo de 2017, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrentes al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción a favor del Lcdo. José Octavio Andújar Amarante, abogado de la parte recurrida, quien afirma haberlas avanzando en su totalidad. 1155
Resuelve un recurso de casación contra una sentencia que adjudicó un inmueble en un procedimiento de embargo inmobiliario. Examina alegatos de falta de motivación, falta de base legal, violación del debido proceso y normas civiles y procesales; la decisión indicada es rechazar el recurso.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona