Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) vs. Alberto Mejía González
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) | Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones → |
| Recurrido | Alberto Mejía González |
ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), contra la sentencia civil núm. 1303-2021-SSEN-00300, dictada por la Tercera Sala de la 1105 Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 29 de junio de 2021, por los motivos antes expuestos.
Rechaza el recurso de casación del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones contra la decisión que atribuyó a la jurisdicción civil competencia para conocer una demanda de daños por accidente de tránsito. Sostiene que la acción civil independiente corresponde al juez civil, salvo que la acción penal esté en curso, caso en que procede el sobreseimiento.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona