GSM Advanced Technology S. R. L. (G.A.T.) vs. Altice Dominicana S. A.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | GSM Advanced Technology S. R. L. (G.A.T.) | |
| Recurrido | Altice Dominicana S. A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Altice Dominicana, SA → |
FALLA: PRIMERO: CASA parcialmente con envío la sentencia civil núm. 026-03-2018-SSEN-00481, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 12 de julio de 2018, únicamente en cuanto a las indemnizaciones referentes a los puntos de venta no vendidos, a los alegados puntos comerciales, la clientela y el cobro de las capacitaciones de los empleados, y envía el asunto, así delimitado, por ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: RECHAZA, en sus demás aspectos el recurso de casación interpuesto por GSM Advanced Technology, S. R. L., contra la sentencia civil núm. 026-03-2018-SSEN-00481, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 12 de julio de 2018, en virtud de los motivos expuestos. TERCERO: COMPENSA las costas.
Decide un recurso de casación sobre la terminación de contratos de representación comercial y distribución de equipos. Casa parcialmente con envío por falta de ponderación de pruebas relevantes y omisión de estatuir sobre indemnizaciones; rechaza el recurso en los demás aspectos.
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona