Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. (Edesur) vs. Fat Paper Import Fa C. por A.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. (Edesur) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur → |
| Recurrido | Fat Paper Import Fa C. por A. |
FALLA PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de casación interpuesto por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur, S. A. (EDESUR) contra la sentencia núm. 026-03-2020-SSEN-00283, dictada en fecha 15 de julio de 2020, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por las razones expuestas precedentemente. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del proceso y ordena su distracción a favor del Lcdo. Ángel R. Grullón.
Declara inadmisible por extemporáneo el recurso de casación interpuesto por EDESUR. Determina que el plazo de treinta días para recurrir se cuenta desde la notificación de la sentencia impugnada y que el recurso fue depositado después de su vencimiento.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona