[nombre reservado] vs. [nombre reservado] y Banco Central de la República Dominicana
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Nombre reservado por la fuente | |
| Recurrido | Nombre reservado por la fuente | |
| Recurrido | Nombre reservado por la fuente | |
| Recurrido | Banco Central de la República Dominicana | Estado |
FALLA: PRIMERO: DEJA SIN EFECTO la audiencia celebrada en fecha 18 de septiembre de 2019, por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, por encontrarse el expediente incompleto, conforme se ha señalado precedentemente. SEGUNDO: DECLARA LA PERENCIÓN del recurso de casación impuesto por contra la sentencia civil núm. 074/2013, dictada en fecha 31 de enero de 2013, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. TERCERO: ORDENA al secretario de la Suprema Corte de Justicia, notificar a las partes interesadas y publicar esta sentencia, para los fines correspondientes y en la forma indicada en la ley.
La Primera Sala deja sin efecto la audiencia celebrada y declara la perención del recurso de casación. Determina que el expediente permaneció incompleto por más de tres años, sin que se depositaran las actuaciones procesales requeridas ni se solicitara el defecto o la exclusión correspondiente.
recurso de casaciónperenciónexpediente incompletoemplazamientoaudienciaLey 3726
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona