Sunix Petroleum S. R. L. vs. Empresa Bello Veloz S. A.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Sunix Petroleum S. R. L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Sunix Petroleum, SRL → |
| Recurrido | Empresa Bello Veloz S. A. |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación principal interpuesto por Sunix Petroleum, S. R. L., contra la sentencia civil núm. 026-03-2019- SSEN-00848, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 10 de octubre de 2019, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación incidental interpuesto por Empresa Bello Veloz, S. A., contra la sentencia civil núm. 026-03-2019- SSEN-00848, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 10 de octubre de 2019, por los motivos antes expuestos. TERCERO: COMPENSA las costas de ambos recursos.
La Primera Sala rechaza los recursos de casación principal e incidental en una controversia por incumplimiento de un contrato de administración de estaciones de servicio. Considera previsible el litigio con el ocupante tercero, descarta la fuerza mayor y mantiene la responsabilidad contractual y la liquidación limitada de los daños.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona