Ezequiel Luciano Familia vs. Seguros Banreservas S. A.
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Ezequiel Luciano Familia | |
| Recurrido | Seguros Banreservas S. A. | Estado |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Ezequiel Luciano Familia, contra la sentencia núm. 796-2014 de fecha 19 de septiembre de 2014, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y 510 SCJ. 1ra. Sala núm. 0340, 24 febrero 2020; núm. 1297, 26 mayo 2021. 1328 Boletín Judicial 1344 Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, cuyo dispositivo figura copiado en parte anterior de este fallo, por las razones expuestas precedentemente. SEGUNDO: CONDENA a la parte Ezequiel Luciano Familia, al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción a favor del Lcdo. Manuel de Jesús Pérez, abogado de la parte recurrida compareciente Seguros Banreservas, S. A., quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
La Primera Sala rechaza el recurso de casación contra la decisión que desestimó una demanda de daños por una colisión entre una motocicleta y un camión. Considera que no se acreditó falta del conductor del camión y que la valoración de las declaraciones correspondía a los jueces de fondo.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona