Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom) vs. PER3 PER4 Santos
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom) | APORDOM (Autoridad Portuaria Dominicana) → |
| Recurrido | PER3 PER4 Santos |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Autoridad Portuaria Dominicana (APORDOM), contra la sentencia núm. 335-2017-SSEN-00137 dictada en fecha 30 de marzo de 2017, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, cuyo dispositivo figura copiado en parte anterior de este fallo, por las razones expuestas precedentemente. SEGUNDO: COMPENSA las costas.
La Primera Sala rechaza el recurso de casación de APORDOM. Considera que la falta de entrega de la matrícula y otros documentos de motocicletas pagadas por los empleados constituye una falta, y que la sentencia impugnada estuvo suficientemente motivada.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona