Banco de Reservas de la República Dominicana y Banco de Servicios Múltiples y Consultores de Datos del Caribe S.R.L. (CDC)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | Banco de Reservas de la República Dominicana | Estado |
| Recurrido | Banco de Servicios Múltiples y Consultores de Datos del Caribe S.R.L. (CDC) |
FALLA: PRIMERO: Casa parcialmente la sentencia núm. civil núm. 1303-2017-SSEN-00478, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en fecha 31 de julio de 2017, en lo relativo al aspecto juzgado en los motivos de esta decisión; en consecuencia, retorna la causa y las partes al estado en que se encontraban antes de la indicada decisión en el ámbito precisado y, para hacer derecho, las envía por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en las mismas atribuciones. SEGUNDO: Se rechaza en sus demás aspectos el presente recurso de casación. TERCERO: Se compensan las costas.
La Primera Sala casa parcialmente la sentencia de apelación respecto de la solicitud de suprimir una leyenda del reporte crediticio. Considera que los datos deben ser veraces y actualizados, y que la alzada omitió responder ese pedimento, incurriendo en falta de estatuir.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona