| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Ferretería González | |
| Recurrido | Manuel Corripio S.A.S. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Manuel Corripio, SAS → |
FALLA PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Ferretería González y PER6 contra la sentencia civil núm. 026-03-2020-SSEN-00322 de fecha 28 de julio de 2020, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas, con distracción de estas en provecho de los licenciados Francis J. Tejeda M. y Federico Sebastián Matos L., abogados de la parte recurrida, quienes afirman estarlas avanzado en su mayor parte.
La Primera Sala conoce el recurso de casación de Ferretería González contra una sentencia que confirmó una condena por cobro de facturas e intereses. Declara inadmisibles agravios dirigidos contra aspectos ajenos a la sentencia impugnada y rechaza el recurso, manteniendo la condena y las costas.
recurso de casacióncobro de pesosfacturasintereses moratoriosinadmisibilidad de medioscostas
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona