López Vanderhorst Pérez Real Estate Investment S.R.L.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrido | López Vanderhorst Pérez Real Estate Investment S.R.L. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Lopez Vanderhorst Pérez Real Estate Investment, SRL → |
FALLA: ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por contra la sentencia civil núm. 1303-2018-SSEN-00407, dictada el 22 de mayo de 2018, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, de conformidad con las motivaciones antes expuestas. Firman esta decisión los magistrados Pilar Jiménez Ortiz, Justiniano Montero Montero, Vanessa Acosta Peralta y Napoleón Estévez Lavandier.
Rechaza el recurso de casación contra la sentencia que confirmó la rescisión de un contrato y las condenas de devolución de dinero e indemnización. Considera que ciertos planteamientos eran defensas de fondo, que un medio no desarrolló una infracción casacional concreta y que la alzada motivó suficientemente la valoración de la prueba y los daños morales.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona