Ramón Leonel Deschamps Almonte y Regina García Castillo vs. Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. (Edesur)
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Ramón Leonel Deschamps Almonte | |
| Recurrente | Regina García Castillo | |
| Recurrido | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur S. A. (Edesur) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur → |
FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Ramón Leonel Deschamps Almonte y Regina García Castillo contra la sentencia núm. 1303-2019-SSEN-00911, dictada en fecha 19 de noviembre de 2019, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del proceso, ordenando su distracción a favor y provecho de los Lcdos. Enrique Alonso Vallejo Garib y Carlos Julio Martínez Ruiz, quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
Rechaza el recurso de casación contra la sentencia que desestimó una demanda de daños por electrocución. Determina que la presunción de responsabilidad por una cosa inanimada requiere probar su participación activa y que estaba bajo la guarda del demandado; acreditados esos elementos, corresponde a la parte contraria demostrar una causa de exoneración.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona