Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes vs. Seguros Reservas
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
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| Recurrente | Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes | Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes → |
| Recurrido | Seguros Reservas |
RESUELVE PRIMERO: DECLARA de oficio, LA PERENCIÓN del recurso de casación, interpuesto por Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, contra la sentencia civil núm. 026-03-2021-SSEN-00548, de fecha 19 de noviembre de 2021, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http:// CP/Pág. 6 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm.0245-2026 Exp. núm. 026-03-2017-ECIV-00763 (2678207) Partes: Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, vs. . materia: Reparación de daños y perjuicios Decisión: PERENCIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN Ponente: SEGUNDO: ORDENA al secretario de la Suprema Corte de Justicia publicar esta resolución en la forma indicada por la ley.
La Primera Sala declara de oficio la perención de un recurso de casación por el transcurso de más de tres años sin actuaciones procesales que evitaran esa consecuencia. Aplica el artículo 10, párrafo II, de la Ley núm. 3726-53 sobre Procedimiento de Casación.
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Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona