Seguros Reservas S.A., Distribuidora de Electricidad Del Este S.A., (Edeeste) y Distribuidora de Electricidad Del Este S.A. (Edeeste) vs. Soluciones Energética Tirson Selman S.R.L., Compañía Dominicana de Seguros S.R.L. y [REDACTADO], [REDACTADO]
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Demandante | Seguros Reservas S.A. | |
| Demandante | Distribuidora de Electricidad Del Este S.A., (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Demandado | Soluciones Energética Tirson Selman S.R.L. | |
| Demandado | Compañía Dominicana de Seguros S.R.L. | |
| Recurrente | Distribuidora de Electricidad Del Este S.A. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Recurrido | [REDACTADO], [REDACTADO] |
RESUELVE: ÚNICO: RECHAZA la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia civil núm. 1499-2025-SSEN-00244, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, de fecha 03 de julio de 2025, incoada por Seguros Reservas, S.A. y La Empresa Distribuidora De Electricidad Del Este, S.A., (Edeeste).
Decide la solicitud de suspensión de la ejecución de una sentencia civil mientras se conoce un recurso de casación. Rechaza la demanda porque no se demostró un perjuicio irreparable derivado de ejecutar la sentencia.
suspensión de ejecuciónrecurso de casaciónperjuicio irreparablesentencia civildaños y perjuicios
Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona