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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Resolución 0117-2025

Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte S.A., (Edenorte) y Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte S.A. (Edenorte)

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Primera Sala
Fecha
20 mar de 2025
Materia
Civil y comercial
Acción o recurso
Demanda en suspensión de ejecución
Resultado
Declara inadmisible
Expediente
209-2017-ECIV-00206
Juez ponente
Pilar Jimenez O.

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
DemandanteEmpresa Distribuidora de Electricidad del Norte S.A., (Edenorte)Empresa de Distribución Eléctrica del Norte →
RecurrenteEmpresa Distribuidora de Electricidad del Norte S.A. (Edenorte)Empresa de Distribución Eléctrica del Norte →

Lo que decidió

RESUELVE: ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE la demanda en suspensión de ejecución de la 5 Tribunal Constitucional, sentencia núm. TC/ 0457/16, 27 de septiembre 2016. _______________ PEC/Pág. 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Resolución núm. 0117/2025 Exp. núm. 2 (209-2017-ECIV-00206) (2025-R0170947) Demandante: Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (Edenorte). Demandados: y . Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Asunto: Demanda en suspensión Decisión: INADMISIBLE sentencia civil núm. 2024-00398, dictada en fecha 20 de diciembre de 2024, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, incoada por la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte, S.A., (Edenorte).

Resumen

Declara inadmisible por falta de objeto la demanda de Edenorte para suspender la ejecución de una sentencia civil recurrida en casación. Considera que la decisión impugnada no impone obligación alguna cuya ejecución pueda producir perjuicios irreparables y que justifique la suspensión.

demanda en suspensiónrecurso de casaciónfalta de objetoinadmisibilidadejecución de sentencia

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona