Empresa Distribuidora del Este S.A., (Edeeste) y Empresa Distribuidora del Este S.A. (Edeeste) vs. de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) y [nombre reservado]
El Estado es parte| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Demandante | Empresa Distribuidora del Este S.A., (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Demandado | de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana → |
| Recurrente | Empresa Distribuidora del Este S.A. (Edeeste) | Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. → |
| Recurrido | Nombre reservado por la fuente |
RESUELVE: ______________ PEC/Pág. 6 ÚNICO: RECHAZA la demanda en suspensión de ejecución de la sentencia núm. 1303- 2024-SSEN-00235, dictada en fecha 02 de julio de 2024, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, incoada por la Empresa Distribuidora del Este, S.A., (Edeeste).
Rechaza la demanda de Edeeste para suspender la ejecución de una sentencia que la condenó al pago de daños morales e intereses. Considera que no se demostró un perjuicio irreparable, pues el daño alegado es pecuniario y podría subsanarse mediante restitución e intereses.
demanda en suspensiónejecución de sentenciarecurso de casaciónperjuicio irreparabledaños y perjuicioscostas
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Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona