Supermercado Rey, CXA vs. Procesadora de Granos Maguana S.A.
Proveedor del Estado| Calidad | Parte (como la publica la decisión) | En Notifacto |
|---|---|---|
| Recurrente | Supermercado Rey, CXA | |
| Recurrido | Procesadora de Granos Maguana S.A. | Proveedor del Estado con la misma razón social: Procesadora de Granos Maguana, SRL → |
ÚNICO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Supermercado Rey, CXA, contra la sentencia civil núm. 101-2008, de fecha 17 de septiembre de 2008, dictada por la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, por los motivos precedentemente expuestos.
La Primera Sala rechaza el recurso de casación de Supermercado Rey contra la inadmisibilidad de su oposición a una sentencia civil. Determina que las menciones de un alguacil en un acto auténtico sobre comprobaciones materiales solo se impugnan mediante inscripción en falsedad, no por oposición; impone costas conforme a la ley y aplica los artículos pertinentes del Código Civil dominicano.
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Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.
Índice compilado con ChatLeyes.
Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.
No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).
Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).
Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona