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El Estado bajo la lupa

Abriendo la decisión…

Justicia

Resolución 033-2026-SRES-00269

Procuraduría General de la República Dominicana

El Estado es parte
Ver la decisión original →PDF
Tribunal
Suprema Corte de Justicia · Tercera Sala
Fecha
6 mar de 2026
Materia
Contencioso administrativo
Acción o recurso
Recurso de casación
Resultado
Declara la perención
Expediente
030-16-01518
Juez ponente
Rafael Vasquez G.

Partes

CalidadParte (como la publica la decisión)En Notifacto
RecurrenteProcuraduría General de la República DominicanaProcuraduría General de la República →

Lo que decidió

RESUELVE ÚNICO: Declara la perención del recurso de casación interpuesto por la Procuraduría General de la República Dominicana contra la sentencia núm. 0030-1642-2022-SSEN- 00314 de 29 de abril de 2022 dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, por los motivos antes expuestos.

Resumen

Declara perimido un recurso de casación interpuesto por la Procuraduría General de la República Dominicana contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo. La decisión aplica la regla de perención por inactividad durante tres años, al no haberse solicitado el defecto o la exclusión de la parte recurrida.

perenciónrecurso de casacióninactividad procesalcontencioso administrativodefectoexclusión

Resumen y palabras clave del análisis con inteligencia artificial de ChatLeyes (o, a falta de él, el inicio del texto de la decisión): pueden contener errores. Lee la decisión original antes de citarla.

Dónde está publicada

  • Juristeca (Escuela Nacional de la Judicatura)PDF de la decisión

Índice compilado con ChatLeyes.

Cómo leer estos datos

Las partes son las que nombra la decisión. El enlace con una institución sale de su nombre; con un proveedor del Estado o con una persona de interés, de una coincidencia de nombre que puede corresponder a otra empresa u otra persona: por eso va «en verificación». Una persona de interés nunca se enlaza cuando figura como víctima, agraviada o querellante. Figurar en una decisión no implica responsabilidad ni irregularidad: es un punto de partida para investigar.

No se publican los casos penales entre particulares, los delitos sexuales, la violencia de género, los casos con menores de edad, los de familia, los de salud ni los antecedentes penales de una persona. Como defensa adicional, si el texto nombra a un niño, niña o adolescente, su nombre se sustituye por «[menor de edad]» (Ley 136-03).

Una decisión de casación o de revisión resuelve el recurso, no siempre el fondo del caso: «rechaza» confirma la decisión impugnada y «casa» la anula (con envío, otro tribunal vuelve a juzgar).

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Juristeca, Boletín Judicial y consulta de sentencias del Poder Judicial), con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona