Venancio Alcantara Valdez · Dirección General de Migración · SS Bordados Premiun, SRL
Declaró participación en una empresa proveedora del Estado
· hace 1 añoRD$1.7 millones
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Inhabilitado en el Registro de Proveedores: Se suspende de oficio mediante Resolución núm. DGCP-DG-01-2024, el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de las autoridades municipales por encontrarse en el régimen de prohibiciones establecido en Art. 14 de La Ley de Núm. 340-06 y sus modificaciones.
Venancio Alcantara Valdez · Dirección General de Migración · SS Bordados Premiun, SRL
· hace 1 añoRD$1.7 millones
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Adquisición de prendas de vestir y mandiles | GOBERNACION OFICINA GUBERNAMENTAL | RD$204,771 | 21 jul de 2023 | Cerrado |
| Adquisición de Poloshirts Bordados con logo Institucional, para ser utilizados en el Comercial del Programa Supérate… | Programa Supérate | RD$7,080 | 10 jun de 2021 | Cerrado |
| Adquisición Prendas de Vestir para Colaboradores de la TSS | Tesorería de la Seguridad Social | RD$6,490 | 10 dic de 2019 | Cerrado |
| ADQUISICIÓN DE PARCHOS CON DISEÑOS | Armada de República Dominicana | RD$28,674 | 22 abr de 2019 | Cerrado |
| ADQUISICIÓN DE UNIFORMES AL PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES Y CHOFERES DE LA INSTITUCIÓN | Comisión Nacional de Defensa de la Competencia | RD$70,594 | 8 nov de 2018 | Cerrado |
| Mochilas Escolares con Kits de Útiles para el año escolar 2018-2019. | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$1.4 millones | 29 jun de 2018 | Activo |
Motivo registrado: Se suspende de oficio mediante Resolución núm. DGCP-DG-01-2024, el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de las autoridades municipales por encontrarse en el régimen de prohibiciones establecido en Art. 14 de La Ley de Núm. 340-06 y sus modificaciones.
Motivo registrado: Se suspende de oficio mediante Resolución núm. DGCP-DG-01-2024, el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de las autoridades municipales por encontrarse en el régimen de prohibiciones establecido en Art. 14 de La Ley de Núm. 340-06 y sus modificaciones.
La suspensión de oficio por el régimen de prohibiciones se aplica a proveedores que ocupan un cargo público o de elección: no es una sanción por incumplimiento.
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Inhabilitado). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona