Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Suspendido en el Registro de Proveedores por proceso penal contra la Administración
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Jenny Marina Cuevas Báez | Fundador | 99 %990 cuotas o acciones | Documento societario · 24 jul de 2012Documento en erpprd.com, pág. 97 |
| José Dolores Santana Carmona | Socio | 50 %500 cuotas o acciones | Documento societario · 13 ago de 2012Documento en camaradecuentas.gob.do, pág. 64 |
| Omalto Gutiérrez Remigio | Socio | 50 %500 cuotas o acciones | Documento societario · 13 ago de 2012Documento en camaradecuentas.gob.do, pág. 64 |
| Rafael Leónidas de Oleo | Socio | 50 %500 cuotas o acciones | Documento societario · 24 jul de 2012Documento en erpprd.com, pág. 97 |
| Fermín Díaz Feliz | Fundador | 1 %10 cuotas o acciones | Documento societario · 24 jul de 2012Documento en erpprd.com, pág. 97 |
| Juan Alexis Medina Sánchez | Administrador | Documento societario · 24 jul de 2012Documento en erpprd.com, pág. 97 | |
| Wacal Bernabé Méndez Pineda | Gerente | Documento societario · 24 jul de 2012Documento en erpprd.com, pág. 97 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Motivo registrado: En cumplimiento de la Resolución Núm. DGCP44-2025-003701, emitida por este Órgano rector y relativa a proveedores procesados por delitos contra la Administración Pública, se procede a la suspensión de oficio del RPE, conforme a la Ley 340-06 y su reglamento.
El estado actual es el que muestra el Registro de Proveedores (Suspendido). El fin de cada registro sale de la rehabilitación publicada por la DGCP o, si no la hay, del plazo que indica su motivo; sin ninguno de los dos no se afirma que siga vigente.
El régimen de prohibiciones es el del artículo 14 de la Ley 340-06 y, desde el 28/01/2026, los artículos 38 y 39 de la Ley 47-25.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona