Publicado el 18 dic de 2024Fechado el 17 dic de 20244 páginasEn el mensaje «RE: Consideración sobre el Requerimiento de Estados Financieros para los Ejercicios 2023 y 2024»
La Enmienda No. 1 del proceso OCI-CCC-CP-2024-0009 fue emitida el 18 de diciembre de 2024 y modifica el pliego del segundo llamado para la remodelación y ampliación del edificio sede. Fija un presupuesto base de RD$25,000,000.00, distribuye la apropiación entre 2024 y 2025, establece cuatro meses de ejecución y actualiza los requisitos financieros y la vigencia de las ofertas a 90 días.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (1)
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$107,263
La distribución consignada suma RD$25,107,262.85, es decir, RD$107,262.85 más que el presupuesto base de RD$25,000,000.00. La diferencia amerita verificar cómo se relacionan la apropiación presupuestaria y el monto máximo previsto para la contratación; el propio documento presenta ambos como cifras del mismo proceso.
“El presupuesto base para este proceso asciende a 25,000,000.00 (Veinticinco Millones) incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra, valor que ha sido obtenido en el marco d”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Fija el presupuesto base en RD$25,000,000.00, incluidos impuestos y otros conceptos del costo total de la obra.
Aclara
Sección I, numeral 3.1Fuente de recursos y distribución presupuestaria
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Asigna RD$502,145.26 al presupuesto de 2024 y RD$24,605,117.59 al de 2025.
Aclara
Sección I, numeral 6Plazo de ejecución
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Establece que la obra debe iniciarse y finalizarse en cuatro meses y pide acompañar los tiempos con diagramas de tareas, gráficos de Gantt y calendarios de ejecución.
Aclara
Sección I, numeral 10.1, apartado bDocumentación financiera y línea de crédito
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Detalla declaraciones y estados financieros de 2022 y 2023, situación fiscal y de seguridad social, y crédito disponible por el 15% del contrato sujeto a condiciones sobre las partidas y el emisor.
Endurece
Sección I, numeral 10.1, apartado bAutorización para verificar declaraciones fiscales
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Añade una carta mediante la cual el oferente autoriza a la DGII a aportar o aclarar información sobre las declaraciones presentadas, identificando el proceso y su objeto.
Aclara
Sección I, numeral 10.2, apartado cVigencia de las ofertas
El texto anterior del pliego no se reproduce en la enmienda.
Establece una vigencia de 90 días desde la apertura y prevé solicitar prórroga antes del vencimiento; quien acepte debe extender la garantía de seriedad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona