El informe definitivo de evaluación económica, fechado el 10 de diciembre de 2024, registra la apertura de ofertas presentadas en soporte físico y electrónico y recomienda adjudicar por ítem a 28 oferentes. Consigna un total de adjudicación de RD$318,091,919.40. Entre los adjudicatarios figura Cata Multiservices, SRL, con RD$2,499,995.20 por pasta de tomate, pese a que el resumen de la evaluación técnica previa indica que ese producto fue deshabilitado para dicha empresa.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe adjudica a Cata Multiservices, SRL RD$2,499,995.20 por pasta de tomate. La evaluación técnica previa del proceso consignó que ese producto fue deshabilitado para Cata; esta adjudicación concreta hace necesario verificar la habilitación del renglón y la aplicación de los criterios publicados.
“La adjudicación fue decidida a favor de aquellos oferentes cuyas propuestas cumplieron con lo siguiente: 1) haber sido habilitados para la apertura de su oferta económica, 2) presentar el menor precio por ítem ofertado, y 3) que su garantía”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona