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Pliego

PLIEGO PUBLICIDAD.pdf

CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL, PARA LA PROMOCIÓN DE LOS PROCESOS Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PASAPORTES · Dirección General de Pasaportes

Publicado el 10 dic de 202420 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PASAPORTES-CCC-PEPB-2024-0001

Lo que dice

El pliego del proceso PASAPORTES-CCC-PEPB-2024-0001 define la contratación de publicidad como una excepción por urgencia y establece un proceso por ítem, en etapa única, con recepción de ofertas el 11 de diciembre de 2024. Fija evaluación técnica cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas conformes, además de requisitos de experiencia, documentación y garantías. El cronograma contempla la publicación del 10 de diciembre y la firma del contrato u orden el 19 de diciembre de 2024.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Uso de la excepción por urgencia en una contratación de publicidad

Documento del 10 dic 2024 · hace 1 año

El pliego clasifica el proceso como excepción por urgencia, aunque el objeto es la contratación de publicidad a través de medios. El reglamento contempla una excepción específica para publicidad y exige que el contenido esté creado y listo para publicarse; corresponde verificar qué hechos sustentaron la elección de urgencia y cómo se relaciona con esa vía específica. La motivación puede constar en otros documentos del expediente.

“El presente proceso de compras se llevará a cabo mediante compra por Excepción -Urgencias, bajo la modalidad de Etapa Única.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 53 · Reglamento 416-23, art. 60 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia

Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social

Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo muy breve para presentar ofertas en el procedimiento de urgencia

Documento del 10 dic 2024 · hace 1 año

Desde la publicación a las 5:00 p. m. del 10 de diciembre hasta la recepción a las 11:00 a. m. del día siguiente transcurren unas 18 horas. Aunque el reglamento no fija aquí un mínimo uniforme para esta excepción, exige plazos razonables y proporcionales que no restrinjan más de lo necesario la participación; el lapso merece revisión frente al objeto y las condiciones de la convocatoria.

“1. Fecha de publicación del aviso de convocatoria Día 10 de diciembre de 2024 a las 05:00 de la tarde … 4. Recepción de Propuestas: “Sobre A y Sobre B” Día 11 de diciembre de 2024 a las 11:00 de la mañana”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego prevé abrir juntas las ofertas técnicas y económicas

Documento del 10 dic 2024 · hace 1 año

El pliego dispone la apertura conjunta de los sobres A y B. El Reglamento 416-23 establece que la oferta económica solo se abre después de concluir y notificar la evaluación técnica, y que solo se conocen las ofertas económicas de quienes queden habilitados; la apertura conjunta debilita esa separación de controles.

“Se abrirán las Ofertas Económicas de los Oferentes/Proponentes conjuntamente con el sobre A, ya que el proceso es de Etapa Única.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 110 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas

Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

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A revisarHallazgo en documentos

Descripción de los servicios con detalle limitado para comparar entregables

Documento del 10 dic 2024 · hace 1 año

La ficha enumera cantidades de cuñas y colocaciones por medio, pero no precisa en esas especificaciones su duración, frecuencia, canal o medio concreto de publicación. Esa falta de detalle puede dificultar la comparación de ofertas y la verificación posterior de lo entregado; merece cotejarse con los anexos y demás documentos del expediente.

“Publicidad en Radio. CUÑAS 24”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Certificaciones de calidad requeridas sin identificar cuáles

Documento del 10 dic 2024 · hace 1 año

El pliego exige certificaciones de calidad para los servicios, pero no identifica certificación, entidad emisora ni criterio de aceptación. La indeterminación puede dificultar que los oferentes conozcan cómo acreditar el requisito y que la evaluación sea uniforme.

“• Poseer certificaciones de calidad para los servicios ofrecidos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Otros documentos del proceso (65)

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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