La Resolución CCC-0018-2024, de fecha 2024-12-04, aprueba la evaluación económica y adjudica los lotes 2, 3, 4 y 5 a Neway Communications, ACV2 y JCPS Construcciones por un total de RD$122,002,014.20. Declara desierto el lote 1 porque las ofertas presentadas no cumplieron las especificaciones técnicas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra para Neway una oferta de RD$31,654,849.80 y una garantía de RD$203,906.08, aunque el cuadro exige el 1% del total de la oferta: ese porcentaje equivale a RD$316,548.50. El acta adjudica el lote 2 a Neway y el informe califica la garantía como cumplida; conviene verificar el documento de garantía original y la evaluación.
“NEWAY COMMUNICATIONS, SRL | CUMPLE. Vigencia del 12/11/2024 al 12/11/2025 | CUMPLE. Cobertura por RD$ 203,906.08 ofrecida mediante Humano Seguros S.A | $ - | $ 31,654,849.80 | $ - | $ - | $ -”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta indica que Neway fue el único oferente del lote 2, ACV2 del lote 3 y JCPS de los lotes 4 y 5. Aunque hubo cuatro oferentes habilitados en el procedimiento, no hubo competencia de precios entre ofertas para los lotes adjudicados; es pertinente revisar la concurrencia efectiva por lote.
“Nota 1: El Oferente 1, Neway Communications SRL., fue el unico en presentar oferta económica en el Lote 2. ... Nota 3: El Oferente 3, JCPS Construccion SRL., fue el unico en presentar oferta económica en el Lote 4 y 5 ... Nota 4: El Oferent”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 78 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
Oferentes que registra (5)
4 adjudicado · 1 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Neway Communications, SRLAdjudicataria del lote 2; el acta indica que cumplió los requerimientos del pliego.
Adjudicado
Lote 2
RD$31,654,850
ACV2, SRLAdjudicataria del lote 3; el acta indica que cumplió los requerimientos del pliego.
Adjudicado
Lote 3
RD$32,537,335
JCPS Construcciones, SRLAdjudicataria de los lotes 4 y 5; el acta indica que cumplió los requerimientos del pliego.
Adjudicado
Lote 4
RD$35,871,465
JCPS Construcciones, SRLAdjudicataria de los lotes 4 y 5; el acta indica que cumplió los requerimientos del pliego.
Adjudicado
Lote 5
RD$21,938,364
Relehed Construcciones, SRLEl acta indica que no cumplió las especificaciones técnicas no subsanables del lote 1; el lote fue declarado desierto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona