El informe de estudios previos, fechado el 2024-10-24, sustenta la contratación de un servicio de tercerización y coadministración de bases de datos Oracle y SQL Server por un costo estimado de RD$5,000,000.00, indicando que el servicio conlleva ITBIS. Describe la cobertura de 12 bases de datos, con niveles de servicio de hasta 24/7 y una duración de 12 meses, y propone requisitos mínimos de personal y experiencia para los oferentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio fija al menos tres profesionales con experiencia en Oracle superior a 10 años, dos en SQL Server superior a 5 años y 180 horas-hombre mensuales. La cobertura de 12 bases de datos y soporte continuo puede explicar exigencias importantes, pero conviene verificar que estos mínimos sean proporcionales al alcance y no reduzcan innecesariamente la competencia; este documento concreta cifras para el requisito de personal cuya proporcionalidad ya estaba señalada en el proceso.
“Personal fijo con experiencia comprobada en administración de bases de datos Oracle por más de 10 años y SQL Server de más de 5 años. • Debe contar con al menos tres profesionales con experiencia en administración Oracle y dos en SQL Server”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El estudio prevé una renovación condicionada al desempeño y a las necesidades institucionales, pero no precisa sus condiciones ni duración. La disposición no indica expresamente que sea automática; conviene verificar que cualquier renovación no opere automáticamente, pues el Reglamento establece que esas cláusulas no tienen validez.
“El contrato tendrá una duración de 12 meses, con posibilidad de renovación basado en el desempeño del proveedor y las necesidades de la TSS.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona