La Resolución CCC-082-2024, de 2024-12-04, cancela el procedimiento INDOTEL-CCC-CP-2024-0012 antes de adjudicar. El INDOTEL consigna que no advirtió a tiempo las preguntas de un interesado, no las respondió dentro del cronograma y el SECP impidió abrir la única oferta recibida; ordena verificar las preguntas y, si corresponde, adecuar el pliego para una nueva convocatoria.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El comité consigna que no se advirtió a tiempo una pregunta del interesado ni se respondió dentro del plazo del cronograma; el SECP bloqueó la apertura y el proceso terminó cancelado. El reglamento establece plazos para responder aclaraciones, por lo que conviene revisar la gestión de consultas y las medidas para evitar que se repita en una nueva convocatoria.
“La Dirección de Licitación y Contratos Públicos no se percató en tiempo oportuno de las preguntas presentadas y, por ende, no fueron remitidas al área requirente para ponderar técnicamente, la viabilidad de estas preguntas y si impactaba el”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta
Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.
El acta notarial registra una única propuesta virtual y ninguna física; esta no fue abierta y no hubo adjudicación. El dato justifica revisar la participación efectiva en la convocatoria, aunque el documento no permite determinar por qué solo se presentó una oferta.
“pude contactar que fue presentada solamente una propuesta en forma virtual, y ninguna propuesta en forma física.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona