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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones Uniformes INDOTEL-CCC-CP-2024-0014.pdf

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE CONFECCIÓN DE UNIFORMES PARA LOS COLABORADORES DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL). · Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones

Publicado el 5 dic de 202452 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOTEL-CCC-CP-2024-0014

Lo que dice

El pliego de noviembre de 2024 establece las condiciones de la comparación de precios INDOTEL-CCC-CP-2024-0014 para confeccionar uniformes, con presupuesto de RD$5,360,000.00 y un total declarado de 3,762 unidades. Fija un plazo estimado de ejecución de seis meses y presenta un cronograma desde la convocatoria del 5 de diciembre de 2024 hasta la suscripción prevista del contrato el 21 de febrero de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de ofertas no sustentables formulado de manera ambigua

Documento del 5 dic 2024 · hace 1 año

El pliego califica como no sustentables las ofertas con diferencias porcentuales menores al 10% respecto de los montos establecidos para el procedimiento y también las que superen en más de 10% el presupuesto base, sin precisar con claridad el referente de la primera comparación. La regla puede incidir en la admisión económica y requiere verificar cómo se aplicó a las ofertas.

“Se considerarán Ofertas no sustentables todas aquellas Ofertas que tengan una diferencia porcentual menor al diez por ciento (10%) de los montos establecidos para el procedimiento de contratación de que se trata, así como también todas aque”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La matriz de puntuación identifica de forma distinta el ítem 12

Documento del 5 dic 2024 · hace 1 año

La ficha técnica describe el ítem 12 como pantalón drill azul marino para hombre, mientras la matriz lo denomina pantalón de mujer, de denim o drill y negro o azul marino. La discordancia hace incierto qué producto y características se puntuarían para ese renglón.

“Pantalón azul marino en tejido de drill con 2 bolsillos laterales y 2 bolsillos en la parte trasera, zippers de bronce y bordado del logo de la institución en el bolsillo trasero izquierdo (masculino): … Pantalón demin o drill mujer (negro ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición absoluta de subcontratar la ejecución

Documento del 5 dic 2024 · hace 1 año

El pliego prohíbe toda subcontratación de las tareas, mientras la Ley 340-06 contempla que el contratista pueda ejecutar mediante subcontratación hasta el 50% del monto, con autorización previa y expresa de la Administración. La prohibición elimina esa posibilidad y puede limitar las opciones de organización para ejecutar el servicio.

“El(la) contratista no podrá subcontratar la ejecución las tareas comprendidas en este pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 32 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 32

ART. 32. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones o en la documentación contractual, el contratista tendrá: 1) El derecho a los ajustes correspondientes de las condiciones contractuales, cuando ocurrieren acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, con relación a las condiciones existentes al momento de la presentación de propuestas, que devuelvan el equilibrio económico del contrato; 2) Ejecutar el contrato por sí, o mediante cesión o subcontratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, siempre que se obtenga la previa y expresa autorización de la administración, en…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Discrepancia entre el total declarado y las cantidades resumidas

Documento del 5 dic 2024 · hace 1 año

El pliego declara 3,762 unidades, pero su resumen de entregas agrega 54 pantalones negros que no aparecen como renglón en la ficha técnica detallada; además, la ficha ya incluye 54 chaquetas. La diferencia puede afectar la comparación de ofertas, las cantidades a entregar y el alcance económico del contrato.

“Contratación de los servicios para la confección de uniformes para un total de 3,762 unidades, según el siguiente detalle: … o 54 pantalones negros en material denim o drill, sin logo.”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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