La Enmienda núm. 2, fechada el 3 de diciembre de 2024, modifica el pliego de la licitación para la adquisición de vehículos. Fija para el 19 de enero de 2025 la vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad, establece esta garantía en 1 % de la oferta, corrige el rubro del RPE a vehículos de motor y sustituye el indicador de capital de trabajo por uno de endeudamiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda fijó la vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad hasta el 19/1/2025. Según los antecedentes del proceso, la oferta económica se abrió el 28/1/2025 y la adjudicación y el contrato se registraron el 7/2/2025; conviene verificar si se extendieron oportunamente las ofertas y garantías para cubrir esas fechas.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el 19/1/2025, fecha de suscripci6n del contrato de acuerdo con el cronograma de actividades del pliego de condiciones y con la fecha de vigencia de la garantia de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La fecha fija limita el período en que puede exigirse que la oferta permanezca vinculante.; Se elimina el período de 32 días posterior a la suscripción que figuraba en la regla anterior..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona