El pliego de la Licitación Pública Nacional DGCP-CCC-LPN-2024-0001 establece las especificaciones para adquirir equipos informáticos por un presupuesto base de RD$7,060,000.00, incluidos impuestos, y fija la recepción de ofertas para el 24/01/2025. Dispone evaluación cumple/no cumple y adjudicación basada en menor precio, e incluye un cronograma de actividades para el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige procesadores Intel de modelos concretos y accesorios del mismo fabricante que los equipos; para dos PC todo en uno requiere macOS Sonoma y procesador M3. No se incluye una alternativa «o equivalente», lo que puede limitar las marcas y proveedores capaces de competir y amerita verificar la justificación técnica.
“Procesador: Intel Core Ultra 3 105U o superior • Pantalla: FHD 1920x1080 o superior, 14 pulgadas, IPS • Memoria RAM DDR5-4800 MHz 8 GB o superior • Almacenamiento: SSD de 256 GB PCIe NVMe M.2 o superior • Bulto elegante para laptop 14 pulga”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego pide presentar la oferta «por el monto total referencial», pero también dispone adjudicar por menor precio. La expresión puede entenderse como que se exige cotizar exactamente el presupuesto de RD$7,060,000, por lo que conviene aclarar cómo se aplica sin limitar ofertas inferiores.
“El oferente deberá presentar su oferta en el formulario de Presentación de Oferta Económica por el monto total referencial establecido para esta contratación, de acuerdo con los requerimientos que se indican a continuación.”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 83 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Se exige una carta de referencia bancaria como documentación financiera, evaluada mediante cumple/no cumple, pero el pliego no define qué contenido o condición debe acreditar para cumplir. La falta de parámetros verificables puede dejar margen de interpretación en la habilitación financiera.
“1) Cartas de referencia bancarias … 12.1.2 Metodología y criterios de evaluación para la documentación financiera La documentación financiera de este pliego solo podrá ser evaluada bajo la metodología CUMPLE/NO CUMPLE”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La validez de la oferta se fija en 30 días desde su presentación; el cronograma prevé recibirla el 24/01/2025 y adjudicar el 05/03/2025, más de 30 días después. El pliego permite solicitar una prórroga, pero la secuencia prevista requiere verificar que se haya gestionado antes del vencimiento y que se extendiera la garantía correspondiente.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes por un período de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de presentación de las ofertas y la suscripción del contrato … 18. Adjudicación 05/3/2025”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona