El acta, fechada el 25 de noviembre de 2024, aprueba los informes de evaluación y adjudica a CECOMSA, S.R.L. los tres renglones del proceso por RD$37,096,293.70. Softwareone, cuya oferta fue de RD$34,680,804.48, quedó deshabilitada por presentar documentos referidos a un proceso cancelado; la diferencia respecto de la adjudicación es RD$2,415,489.22. El acta también consigna que las ofertas técnicas y económicas se abrieron y leyeron el 12 de noviembre, antes del informe de evaluación técnica fechado el 22 de noviembre.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Softwareone ofertó RD$34,680,804.48 y fue deshabilitada por incluir documentos referidos al proceso cancelado, algunos calificados como no subsanables. CECOMSA recibió la adjudicación por RD$37,096,293.70, una diferencia de RD$2,415,489.22; procede verificar la evaluación de la naturaleza y el efecto de esos documentos conforme al pliego y las reglas de subsanación.
“El oferente SOFTWAREONE SW1 DOMINICAN REPUBLIC, S.R.L, ha quedado deshabilitado del proceso debido a que en su propuesta incluye documentaciones que hacen referencia al proceso cancelado “SISALRIL-CCC-PEEX-2024-0002 para la ADQUISICIÓN DE”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
El acta sitúa la apertura y lectura de las ofertas técnicas y económicas el 12 de noviembre, mientras que fecha el informe de evaluación técnica el 22 de noviembre. El reglamento dispone que las ofertas económicas se abran solo después de concluir la evaluación técnica y notificar sus resultados; conviene verificar la secuencia y la custodia de las ofertas.
“en fecha doce (12) de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024) se procedió al Acto de Recepción, Apertura y Lectura de Ofertas Técnicas “Sobre A” y Ofertas Económicas “Sobre B … Que, en fecha veintidós (22) de noviembre del año dos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
El acta dice que el comité está compuesto por cuatro personas y no identifica entre ellas al responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. El reglamento prevé cinco miembros, incluido ese responsable; verificar si se trata de una omisión del acta o de la integración efectiva del comité.
“el Comité de Compras y Contrataciones esta compuesto por los señores: 1. Lic. Gilberto Valdez, Director Administrativo y Financiero, Presidente ; 2. Lic. Ana Patricia Ossers, Directora Jurídica, Miembro; 3. Lic. Luis María Brea, Director Fi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
CECOMSA, S.R.L.Único oferente habilitado; el acta indica que cumplió con las especificaciones técnicas y legales y que presentó índices financieros razonables.
Adjudicado
Proceso completo; ítems 1, 2 y 3
RD$37,096,294
SOFTWAREONE SW1 DOMINICAN REPUBLIC, S.R.L.El acta consigna que su propuesta incluía documentos referidos al proceso cancelado SISALRIL-CCC-PEEX-2024-0002, entre ellos elementos calificados por los peritos como no subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona