La Enmienda I, fechada el 25 de noviembre de 2024 para el proceso EDEESTE-CCC-CP-2024-0012, modifica el cronograma y varios términos del pliego, incluidos el calendario de entregas, la documentación técnica, la devolución de muestras y la vigencia de la oferta y su garantía. Consigna nueve entregas mensuales de 2,000 resmas y fija la vigencia de ofertas y garantía hasta el 31 de enero de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La retención de muestras como referencia física para comprobar posteriormente los bienes entregados.; La vigencia de la oferta y de la garantía de seriedad durante el período de evaluación y hasta la formalización correspondiente..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda clasifica como no subsanable, entre otros documentos, el perfil de la empresa. Como ese perfil puede funcionar como documento de credenciales, corresponde comprobar que la regla no impida subsanar una omisión formal cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o era inherente a la capacidad del oferente.
““3) Perfil de la empresa Brochure/Catálogo (No Subsanable).””
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
La enmienda, emitida el 25 de noviembre de 2024, establece como fecha límite de vigencia el 31 de enero de 2024, anterior a su emisión y a la convocatoria. Aunque podría tratarse de un error de fecha, el texto no lo corrige y la fecha afecta la vigencia de las ofertas y de la garantía de seriedad.
““Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el viernes 31 de enero, 2024.” “... con una vigencia hasta el viernes 31 de enero, 2024.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
La enmienda establece nueve entregas de 2,000 resmas, que suman 18,000, mientras que la solicitud del proceso registra 18,200 resmas de 8½ x 11. El texto no explica cómo se atenderían las 200 resmas restantes; conviene verificar si la cantidad de la enmienda corresponde a todo el renglón o solo a entregas parciales.
““Se realizar 9 entrega de 2,000 resma mensual a partir de Orden de Compra, será recibidas en el almacen General de EDEESTE, ...””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
CronogramaActualización del cronograma del pliego
El cronograma anterior no se reproduce en la enmienda.
Se sustituye por el cronograma cargado en el SECP; esta enmienda no transcribe sus fechas.
Aclara
Tiempo y lugar de entregaFrecuencia y cantidad de entregas
El texto previo sobre entregas no se reproduce en la enmienda.
Se indican nueve entregas mensuales de 2,000 resmas a partir de la orden de compra.
Neutral
Documentación técnicaCarácter no subsanable de documentos
El texto previo sobre subsanabilidad no se reproduce en la enmienda.
La oferta técnica, el catálogo de bienes y el perfil de la empresa se identifican como no subsanables.
Endurece
Devolución de muestrasPlazo para retirar muestras
El procedimiento anterior no se reproduce en la enmienda.
Las muestras se devuelven tras la notificación de adjudicación; se concede un plazo de diez días para retirarlas y luego pasan al inventario de EDEESTE.
RelajaQuita un control: La retención de muestras como referencia física para comprobar posteriormente los bienes entregados.
Plazo de mantenimiento de oferta y garantía de seriedadFecha de vigencia
El plazo anterior no se reproduce en la enmienda.
La oferta y la garantía deben estar vigentes hasta el 31 de enero de 2024.
RelajaQuita un control: La vigencia de la oferta y de la garantía de seriedad durante el período de evaluación y hasta la formalización correspondiente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.