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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones articulos de limpieza.pdf

Adquisición de Artículos de limpieza para el Servicio Nacional de Salud (SNS).EXCLUSIVO PARA MIPYMES · Servicio Nacional de Salud

Publicado el 20 nov de 202447 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SNS-CCC-CP-2024-0010

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la comparación de precios SNS-CCC-CP-2024-0010, exclusiva para MIPYMES, para adquirir artículos de limpieza, con un valor referencial de RD$5,022,720.00 y convocatoria prevista para el 22 de noviembre de 2024. Define requisitos de participación, evaluación técnica y económica, adjudicación por menor precio y condiciones contractuales; el texto contiene ambigüedades sobre la lotificación y requisitos de calificación que ameritan revisión.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Antecedentes penales del representante como requisito de oferta

Documento del 20 nov 2024 · hace 1 año

El pliego exige una certificación de no antecedentes penales del representante legal, además de documentación societaria y declaraciones sobre prohibiciones. El requisito personal no queda vinculado en el texto a una función específica en la ejecución del contrato, por lo que corresponde revisar su pertinencia y proporcionalidad como condición de participación.

“Certificación de No Antecedentes Penales (original y actualizada) del representante legal de la empresa.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego combina lote único con adjudicación por ítems

Documento del 20 nov 2024 · hace 1 año

La tabla identifica el objeto como “LOTE UNICO”, pero el criterio de adjudicación establece que se decidirá por ítems. La diferencia puede afectar la forma de preparar y comparar las ofertas y debe aclararse para que los participantes conozcan si compiten por el conjunto o por productos individuales.

“LOTE UNICO 1 | Papel Toalla”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 88 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 88 — División en renglones o lotificación

Artículo 88. División en renglones o lotificación. En los casos en que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades del mismo bien, servicio u obra, podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones o lotes.

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia acreditada mediante dos certificaciones sin umbral definido

Documento del 20 nov 2024 · hace 1 año

Se exige presentar al menos dos certificaciones de entidades a las que el oferente haya suplido productos similares en 2022 y 2023, sin precisar cómo se determinará la similitud ni establecer mínimos de cantidad o valor. Conviene verificar que la aplicación de este requisito sea objetiva y proporcional a la compra de 47 tipos de artículos.

“Certificaciones (mínimo 2) emitidas por entidades públicas o privadas en las que el oferente haya suplido, en los últimos dos años (2022 y 2023) productos similares a los requeridos en el presente proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (12)

  • Ficha técnica artículos de limpieza.pdfPliego · 20 nov de 2024
  • Requerimiento.pdfSolicitud de compra · 20 nov de 2024 · 1 señal
  • Acta de inicio.pdfActa · 20 nov de 2024
  • Convocatoria.pdfPliego · 20 nov de 2024
  • SNCC.C.024 Contrato Ejecución de Servicios 5.3.2024 VF.docxContrato · 20 nov de 2024
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 20 nov de 2024
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 20 nov de 2024
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 20 nov de 2024
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 20 nov de 2024
  • compromiso-etico-de-proveedores (1).docxDocumento · 20 nov de 2024
  • Emienda cronograma.pdfEnmienda · 27 dic de 2024
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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