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Abriendo la ficha…

Pliego

UTEPDA-CCC-PEEX-2024-00001 - PLIEGO APROBADO POR EL CCC 21.11.2024.pdf

ADQUISICIÓN DE FERTILIZANTES GRANULADOS, PRILADOS Y LÍQUIDOS · Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal

Publicado el 21 nov de 2024Fechado el 20 nov de 202440 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTEPDA-CCC-PEEX-2024-0001

Lo que dice

El pliego aprobado para el proceso UTEPDA-CCC-PEEX-2024-0001 establece la adquisición de siete tipos de fertilizantes, por un presupuesto base de RD$23,083,794.00, mediante excepción competitiva por exclusividad. Fija la recepción de ofertas para el 27 de noviembre de 2024, requisitos técnicos y financieros, adjudicación por ítems al menor precio y entregas que comienzan dentro de las 48 horas posteriores a la certificación del contrato. Sus reglas contienen criterios de elegibilidad y entrega que merecen revisión por su posible efecto en la participación y la evaluación objetiva.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Código de actividad RPE no corresponde a fertilizantes

Documento del 21 nov 2024 · hace 1 año

El pliego identifica el rubro del objeto como 10170000, fertilizantes y nutrientes, pero exige registrar la actividad UNSPSC 10161502, “Cafetos”. La diferencia puede excluir proveedores de fertilizantes cuyo RPE no tenga esa actividad específica, aunque su rubro sea pertinente.

“Esta ha sido clasificada bajo el rubro -clase- (Fertilizantes y nutrientes para plantas y herbicidas) por lo que los oferentes deberán tener la actividad comercial en su Registro de Proveedor del Estado (RPE). … debe tener inscrita, conform”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

Exigencia de tres certificaciones previas con alcance contradictorio

Documento del 21 nov 2024 · hace 1 año

Se exigen tres certificaciones de cumplimiento de contratos de suministro de fertilizantes, pero el pliego describe primero certificaciones de instituciones gubernamentales y privadas y luego, en la tabla técnica, solo de instituciones gubernamentales. La discrepancia deja incierto qué antecedentes se aceptarán y puede restringir la acreditación de experiencia obtenida con clientes privados.

“Tres (3) certificaciones de cumplimiento de contratos de suministro de fertilizantes expedidas por instituciones gubernamentales y privadas, en originales. … fertilizantes expedidas por instituciones gubernamentales, en originales.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Plazo breve para presentar ofertas en una compra con muestras

Documento del 21 nov 2024 · hace 1 año

Entre la convocatoria del 21 de noviembre y la recepción de ofertas del 27 de noviembre transcurren seis días calendario, con solo tres días hábiles completos antes del cierre. Para esta adquisición de siete productos el pliego exige, entre otros documentos, fichas de fabricante y muestras físicas; en procedimientos de excepción los plazos deben ser razonables y proporcionales a lo solicitado.

“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional | 21/11/2024 15:00 … 4. Presentación de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) | 27/11/2024 15:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción

Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…

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Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión categórica por tener contratos pendientes con UTEPDA

Documento del 21 nov 2024 · hace 1 año

El pliego establece que cualquier oferente con contratos pendientes de entrega con UTEPDA no será habilitado ni adjudicado, sin precisar un umbral de atraso, una evaluación individual de capacidad de entrega ni la relación del contrato pendiente con los bienes de este procedimiento. Conviene revisar si la exclusión automática resulta proporcional y compatible con la igualdad de participación.

“Así mismo, los oferentes con contratos pendientes de entrega con la UTEPDA no resultaran habilitados ni adjudicados para el presente proceso.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Entrega inicial exigida dentro de 48 horas

Documento del 21 nov 2024 · hace 1 año

El pliego exige entregar los bienes dentro de las 48 horas posteriores a la certificación del contrato y prevé entregas en varios lugares vinculados a los proyectos agroforestales. Para el volumen total indicado de 164,537 kg-lt, el plazo puede limitar la participación a proveedores con inventario y logística disponibles de inmediato; conviene verificar su justificación técnica y proporcionalidad.

“Los bienes deberán entregarse dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en este pliego (y sus anexos) así como en los cronogramas de trabajo presentados por el proveedor y aprobados por la institución contratante, no debiendo”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Adjudicación parcial sujeta a valoración sin método detallado

Documento del 21 nov 2024 · hace 1 año

Aunque el criterio anunciado es menor precio por ítems, el pliego permite adjudicar total o parcialmente dentro de cada ítem según la valoración del equipo técnico y la capacidad de entrega, sin detallar cómo se determinarán las cantidades parciales ni cómo se compararán las ofertas para ese reparto. Esa discreción puede afectar la previsibilidad del resultado.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es adjudicación por ítems y basada en menor precio, conforme al Reglamento 416-23, es decir que se adjudicará la oferta de menor”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Otros documentos del proceso (9)

  • INFORME PERICIAL.pdfInforme justificativo · 20 nov de 2024 · 2 señales
  • SOLICITUD BY S.pdfSolicitud de compra · 20 nov de 2024 · 1 señal
  • ACTA DE INICIO No. 061-2024.pdfActa · 21 nov de 2024
  • CIRCULLAR DE RESPUESTA A OFERENTES_0001.pdfDocumento · 25 nov de 2024
  • ACTA No. 074-2024 ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 12 dic de 2024 · 2 señales
  • ACTA No. 074-2024 ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • Contrato de MULTIPERFORM SRL.pdfContrato · —
  • CUOTA COMPROMISO - MULTIPERFORM SRL.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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