El Acta núm. 36-2024, de fecha 2024-11-21, aprueba enmiendas al pliego del proceso POLICIA NACIONAL-CCC-CP-2024-0159 para adquirir prendas de vestir. Dispone publicar el proceso en el portal institucional, adecuar el plazo de subsanación para garantizar al menos un día hábil y corregir la incongruencia entre el mantenimiento de la oferta y la vigencia de su garantía de seriedad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que el proceso no estaba publicado en el portal institucional y que se publicó después, mediante esta actuación del 21 de noviembre. La publicación se corrigió; conviene verificar si la demora afectó la difusión o el acceso igualitario, sin que el documento establezca tal efecto.
“PARRAFO I: Proceso sin publicar en el Portal Institucional; se procedió a Publicar el proceso en el Portal de la Institución.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Ipema, SRLEl portal registra la oferta como calificada y un contrato activo confirmado por RD$5,008,705; esta acta de enmienda no decide la adjudicación.
Adjudicado
—
RD$5,008,705
R&P Provisoluciones, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; esta acta de enmienda no decide su habilitación.
Mencionado
—
RD$309,400
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Publicación del procesoPublicación en el portal institucional
El proceso no estaba publicado en el Portal Institucional.
Se publicó el proceso en el Portal de la Institución.
Aclara
Fase de subsanaciónPlazo para subsanar errores
El plazo entre la notificación de errores subsanables y la ponderación y evaluación de las subsanaciones no garantizaba un mínimo de un día hábil.
Se adecuó el plazo para garantizar al menos un día hábil para que los oferentes realicen las subsanaciones solicitadas.
Relaja
Garantía de seriedad de la ofertaVigencia de la garantía y mantenimiento de la oferta
El pliego tenía una incongruencia entre el plazo de mantenimiento de la oferta y la vigencia de la garantía de seriedad; no se indican los plazos concretos.
Se corrigió la incongruencia para adecuar la vigencia de la garantía a lo establecido en el artículo 197 del Reglamento núm. 416-23.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona