La Enmienda I, fechada el 20 de noviembre de 2024, modifica el punto 11.3 del pliego del proceso MINERD-CCC-CP-2024-0052. Establece la adjudicación por menor precio entre ofertas conformes, fija un máximo inicial de un lote por oferente con una excepción si quedarían lotes desiertos y excluye de la adjudicación a empresas o personas físicas con contratos en ejecución con la institución.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Pliego, punto 11.3Criterio de adjudicación | El texto anterior del punto 11.3 no aparece en esta enmienda. | Adjudicar por menor precio entre quienes cumplan el pliego; si hay una sola oferta, podrá adjudicarse si cumple y resulta conveniente a la institución. | Aclara |
| Pliego, punto 11.3Límite de lotes por oferente | El texto anterior sobre el número de lotes por oferente no aparece en esta enmienda. | Se fija un máximo de un lote por oferente en el proceso, con posibilidad excepcional de adjudicar más si podrían quedar lotes desiertos. | Relaja |
| Pliego, punto 11.3Contratos en ejecución con la institución | El texto anterior sobre esta condición no aparece en la enmienda. | No serán adjudicadas empresas o personas físicas que tengan contratos en ejecución con la institución. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona