Marca y distribuidor único concentran la provisión
· hace 1 año
La justificación vincula la compra a modelos EATON y propone a UNITRADE como proveedor exclusivo. La compatibilidad y la carta del fabricante se invocan como sustento; conviene verificar que la exclusividad cubra los bienes requeridos y que la restricción de alternativas sea técnicamente necesaria. El artículo 57 contempla la selección directa cuando los bienes solo pueden ser suministrados por una única persona o entidad.
“Los bienes adquiridos por el Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1 y así como los donados por el Gobierno de la República Popular China para estos fines son de la marca EATON, y sus modelos son APR48-3G, RM3-420-0621 ” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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