La Enmienda No. 01, fechada el 11 de noviembre de 2024, modifica el pliego de la comparación de precios MIDEREC-CCC-CP-2024-0008, cuyo presupuesto estimado es RD$170,941,645.71. Reordena los cinco lotes y consigna un plazo de ejecución de un año por lote; también modifica la vigencia de las ofertas y garantías, los requisitos financieros y la evaluación técnica y económica, con ponderaciones de 70 % y 30 %. La recepción de ofertas se fija para el 13 de noviembre de 2024 a las 5:30 p. m.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda está fechada el 11 de noviembre y mantiene la recepción de ofertas para el 13 de noviembre. Introduce, entre otros, la evaluación técnica y económica por puntaje y cambia indicadores financieros habilitantes; el intervalo consignado merece revisión frente a la exigencia de extender proporcionalmente el plazo cuando se incorporan nuevos requerimientos.
“Dada en Santo Domingo, D.N., a s once (11) días del mes noviembre del 2024. Miercoles 13 de noviembre 2024 hasta 05:30 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda consigna publicación en el portal institucional el 8 de noviembre y recepción de ofertas el 13 de noviembre, lo que deja solo dos días hábiles completos intermedios. La fecha merece verificarse frente al mínimo de cinco días hábiles para una comparación de precios; el portal registra convocatoria el 1 de noviembre, pero no aclara aquí si esa publicación institucional del día 8 fue la primera o una publicación adicional.
“El mismo fue Publicado el viernes 08 de noviembre en el Po1tal Institucional del MIDEREC. Miercoles 13 de noviembre 2024 hasta 05:30 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 91 · Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Elimina dos verificaciones de liquidez y disponibilidad de capital de trabajo para evaluar la capacidad financiera del oferente..
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Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Tabla de lotes y descripción de obrasAsignación de obras a los lotes
Lote 1: salas de entrenamiento de La Romana; lote 2: techado La Tribu; lote 3: Coliseo de Boxeo; lote 4: Multiuso de Consuelo; lote 5: Play Los Botao.
Lote 1: Play Los Botados; lote 2: salas de entrenamiento de La Romana; lote 3: techado La Tribu; lote 4: Coliseo de Boxeo; lote 5: Multiuso de Consuelo.
Neutral
Tabla de lotes y descripción de obrasPlazo de ejecución
El pliego resumido en el expediente indicaba 90 días hábiles por lote.
La enmienda consigna “1 AÑO” para cada uno de los cinco lotes, aunque la columna se titula “DIAS HABILES”.
Relaja
Plazo de mantenimiento de la ofertaVigencia de las ofertas
Vigencia hasta el 26 de noviembre de 2024.
Vigencia hasta el miércoles 4 de diciembre de 2024.
Relaja
Garantía de seriedad de la ofertaVigencia de la garantía
El pliego señalaba vigencia hasta el 24 de noviembre de 2025, pese a indicar firma contractual el 4 de diciembre de 2024.
La enmienda dice que debe cubrir hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato, pero también fija expresamente su vigencia hasta el 4 de diciembre de 2024.
Aclara
Evaluación de la documentación financieraIndicadores financieros habilitantes
Se exigían solvencia igual o mayor a 1.00, liquidez corriente igual o mayor a 1.00 y capital de trabajo igual o mayor a 0.00.
Se mantiene únicamente el índice de solvencia igual o mayor a 1.00; se eliminan los límites de liquidez corriente y capital de trabajo.
RelajaQuita un control: Elimina dos verificaciones de liquidez y disponibilidad de capital de trabajo para evaluar la capacidad financiera del oferente.
Evaluación de la oferta técnica, Sobre AMetodología de evaluación técnica
La documentación legal, financiera y técnica se evaluaba con metodología cumple/no cumple; la documentación técnica debía cumplirse totalmente para habilitar la oferta económica.
Se introduce una metodología combinada: requisitos cumple/no cumple y evaluación por puntaje; la oferta técnica tiene máximo de 100 puntos y ponderación de 70 %, con mínimo de 70 puntos.
Neutral
Evaluación de la oferta económica y criterio de adjudicaciónPonderación técnica y económica
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La oferta económica se evaluaba cumple/no cumple y la adjudicación se refería al “menor precio razonable ofertado”.
La oferta económica recibe hasta 100 puntos, ponderados al 30 %; la adjudicación se determina por el mayor puntaje combinado de las ofertas técnica (70 %) y económica (30 %).