La Enmienda I del proceso INEFI-CCC-CP-2024-0035, fechada el 13 de noviembre de 2024, modifica el cronograma y el numeral 11.1.2 del pliego sobre documentación técnica. Establece recepción de ofertas para el 15 de noviembre y adjudicación para el 13 de diciembre, e incorpora requisitos de presentación de productos, certificaciones y experiencia mínima de un año. También contiene referencias contradictorias sobre la publicación del proceso en el portal institucional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El encabezado del apartado indica que el proceso no estaba publicado en el portal institucional y exhorta a publicarlo; sin embargo, la misma enmienda afirma que la convocatoria se publicó allí el 6 de noviembre. Conviene verificar la publicación efectiva, pues el reglamento prevé difusión en el SECP y en el portal institucional.
““1. Sobre el Proceso sin publicar en el Portal Institucional.” … “fue publicada la convocatoria a participar en el proceso de Compras de Comparaciones de Precios indicado en la referencia, en el portal web de este Instituto Nacional de Educ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 91 · Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios
Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.
La enmienda incorpora requisitos de documentación técnica y experiencia y fija la presentación de ofertas para el 15 de noviembre, mientras que establece el 13 de noviembre como fecha límite para emitir respuestas y enmiendas. El breve margen entre la emisión de la enmienda y el cierre merece revisión frente a la obligación de extender el plazo proporcionalmente cuando se añaden requisitos a las ofertas.
““3. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC o la DAF | hasta 13/11/2024” … “4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) y de las muestras. | 15/11/2024 10:00””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda reproduce la regla de que los documentos de credenciales serán subsanables si el requisito existía al presentar la oferta o era inherente a la capacidad, pero termina el pasaje con “(NO SUBSANABLE)”. La contradicción puede generar incertidumbre sobre qué documentos de experiencia admiten subsanación y afectar la evaluación uniforme.
““todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad” … “(NO SUBSANABLE).””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
CronogramaFechas de las etapas del procedimiento
El cronograma anterior no se transcribe y el OCR no conserva cuáles fechas estaban sombreadas como modificadas.
La enmienda presenta consultas hasta 11/11/2024, respuestas y enmiendas hasta 13/11/2024, ofertas el 15/11/2024 a las 10:00 y adjudicación el 13/12/2024.
Aclara
Numeral 11.1.2, documentación técnicaRequisitos de oferta técnica y experiencia
El contenido anterior del numeral 11.1.2 no se reproduce en el documento.
Exige imágenes reales y marca, modelo y código del producto; plan de entrega y certificaciones del fabricante; y experiencia mínima de un año en importación, distribución, ventas o comercialización, respaldada por certificaciones detalladas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona