Referencia legal de exclusividad atribuida a un artículo distinto
· hace 1 año
El informe atribuye al artículo 46, numeral 3, del Reglamento 416-23 una disposición sobre exclusividad. En el texto del reglamento aportado, la exclusividad se regula en el artículo 54; conviene verificar qué fundamento y procedimiento se usaron para aprobar la excepción.
“A partir de lo que antecede y en virtud de lo indicado en el numeral 3 del párrafo del artículo 46 del Decreto 416-23, sobre Compras y Contrataciones Públicas, el cual establece que:” (pág. 4)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
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