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El Estado bajo la lupa

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Pliego

Pliego Obras Menores para premio a la mejor navidad.pdf

“SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS MENORES PARA EJECUTAR LOS PREMIOS EN EL MARCO DEL CONCURSO LA MEJOR NAVIDAD (LOTES DESIERTOS)”. · Direccion General de Proyectos Estrategicos y Especiales de la Presidencia de la Republica (PROPEEP)

Publicado el 31 oct de 202449 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROPEEP-CCC-CP-2024-0031

Lo que dice

El pliego de noviembre de 2024 establece las reglas de la segunda convocatoria de comparación de precios PROPEEP-CCC-CP-2024-0031, con presupuesto base de RD$14,629,241.29 distribuido en tres lotes. Fija la recepción de ofertas para el 12 de noviembre de 2024 y prevé adjudicar por menor precio, con un máximo de un lote por oferente.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Indicadores financieros redactados de forma contradictoria

Documento del 31 oct 2024 · hace 1 año

Los límites y las desigualdades de solvencia, liquidez y endeudamiento no expresan con claridad qué valores cumplen: por ejemplo, el criterio de endeudamiento combina “Menor o igual que” con “> 2.00” para cumplir y “Mayor que” con “< 2.00” para no cumplir. Esa ambigüedad puede afectar la habilitación financiera de los oferentes.

“Límite establecido: Menor 2.00 Menor o igual que > 2.00 (Cumple) Mayor que < 2.00 (No cumple)” (pág. 20)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Cláusulas de retención que podrían acumular deducciones

Documento del 31 oct 2024 · hace 1 año

El pliego contempla una retención del 5% para trabajos y salarios, otra del 5% para personal técnico de supervisión y una adicional del 5% para supervisión residente, además de otras retenciones. Conviene aclarar si los dos conceptos de supervisión son acumulables y cómo se calculan, pues afectan el monto neto pagadero al contratista.

“la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS Y ESPECIALES DE LA PRESIDENCIA (PROPEEP), podrá retener un cinco (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratist” (pág. 35)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

A revisarHallazgo en documentos

Requisito de inscripción en varios códigos comerciales específicos

Documento del 31 oct 2024 · hace 1 año

El pliego exige que el RPE incluya cinco actividades UNSPSC para participar, aunque el objeto es la ejecución de obras y los lotes agrupan trabajos de distinta naturaleza. Corresponde verificar que exigir todos esos códigos guarde relación directa con cada lote y no limite irrazonablemente la participación de contratistas capaces de ejecutar las obras.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial ,,,,, referida en el numeral 2 sobre “objeto del procedimie” (pág. 11)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia que ameritan evaluar su proporcionalidad

Documento del 31 oct 2024 · hace 1 año

Para lotes con valores referenciales de RD$4,315,107.89 a RD$5,556,107.91 se exigen cuatro años de experiencia profesional, dos años en obras similares y al menos tres certificaciones o contratos. Conviene verificar que la acumulación de estos requisitos sea proporcional al valor y complejidad de cada lote, pues puede restringir la participación.

“acreditar experiencia mínima de cuatro (4) años en el ejercicio profesional y mínimo dos (2) años de experiencia en ejecución de obras similares al objeto de la contratación, esto mediante la presentación de al menos tres (3) certificacione” (pág. 13)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (42)

  • ACTA DE APROBACION DE PLIEGO Y PERTITOS 2DA CONVOCATORIA DE OBRAS MENORES LA MEJOR NAVIDAD.pdfPliego · 31 oct de 2024
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  • Requerimiento.pdfSolicitud de compra · 31 oct de 2024
  • SNCC F 042 Formulario de Información sobre el Oferente.DOCDocumento · 31 oct de 2024
  • SNCC_F035_Soporte_Tecnico.docxDocumento · 31 oct de 2024
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente.docxDocumento · 31 oct de 2024
  • SNCC_F037_Personal_Oferente.docxDocumento · 31 oct de 2024
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 31 oct de 2024
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 31 oct de 2024
  • SNCC D045 Curriculo Personal.docxDocumento · 31 oct de 2024
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS.docDocumento · 31 oct de 2024

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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