El Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Turismo aprobó el informe económico y adjudicó a Servicios Empresariales Canaan, SRL el proceso MITUR-CCC-CP-2024-0019 por RD$5,360,000, con un descuento del 2% recompensado en tickets de combustible. El acta, fechada el 28 de octubre de 2024, consigna que Canaan fue el único oferente habilitado para la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra ofertas de ECO PETROLEO, Sigma Petroleum y Canaan, cada una por RD$5,360,000, monto igual al estimado; el acta consigna que Canaan fue el único habilitado para la apertura económica. La coincidencia de montos y la reducción a un solo oferente habilitado ameritan revisar las ofertas y las evaluaciones; el estado «Cargada / Pendiente» del portal podría reflejar información no actualizada.
““a pesar de que el numeral 15.3 referente al Criterio de adjudicación indique que se adjudicará al oferente que presente el “Mayor Descuento sobre el valor de la cantidad del monto ofertado”, se trata del único oferente habilitado para la a”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta identifica el proceso como dirigido a MIPYMES, mientras que la ficha del portal indica «Reservado a MIPYMES: no». Conviene verificar si la convocatoria y las condiciones de participación publicadas reflejaron correctamente la reserva, pues la diferencia puede afectar quiénes podían competir.
““Objeto del procedimiento | Adquisición de tickets de combustible para suplir operaciones diarias a nivel nacional del Ministerio de Turismo (Dirigido a MIPYMES)””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 92 · Reglamento 416-23, art. 157 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 92 — Contenido de la convocatoria
Artículo 92. Contenido de la convocatoria. Para todas las modalidades de selección ordinaria la convocatoria deberá contener como mínimo, las informaciones descritas en el párrafo I del artículo 18 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones e incluir de forma expresa si está dirigida exclusivamente a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), MIPYMES lideradas por mujeres, a pequeños productores de la agricultura familiar, a MIPYMES industriales localizados en territorio dominicano o a otros sectores priorizados.
Artículo 157. Convocatoria. Las instituciones contratantes al momento de realizar las convocatorias para la compra y contratación de bienes, servicios y obras deberán indicar expresamente que se trata de un procedimiento de selección dirigido exclusivamente para MIPYMES e indicar, según corresponda, si se trata de MIPYMES en general, de MIPYMES mujeres o de MIPYMES de fabricación o producción industrial.
El monto estimado y adjudicado de RD$5,360,000 queda RD$2,627.33 por debajo del máximo de RD$5,362,627.33 para comparación de precios de bienes en 2024. La proximidad al umbral merece verificar el estudio de mercado y el presupuesto estimado; por sí sola no demuestra fraccionamiento ni una irregularidad.
““se ADJUDICA al oferente SERVICIOS EMPRESARIALES CANAÁN, S.R.L.. el monto ascendente a la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,360,000.00)””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Servicios Empresariales Canaan, SRLEl Comité aprobó la recomendación pericial y adjudicó la oferta económica; el acta indica que fue el único oferente habilitado para la apertura económica.
Adjudicado
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RD$5,360,000
ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.El acta indica que Servicios Empresariales Canaan fue el único oferente habilitado para la apertura económica; no consigna un motivo individual para ECO PETROLEO.
No habilitado
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RD$5,360,000
Sigma Petroleum Corp, SASEl acta indica que Servicios Empresariales Canaan fue el único oferente habilitado para la apertura económica; no consigna un motivo individual para Sigma Petroleum.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona