El informe justifica la necesidad de Factor VII Recombinante de 1 mg para el programa PROMHEFILIA, dirigido a pacientes hemofílicos que desarrollan inhibidores, y menciona dos hospitales participantes. Sostiene que J. Gassó Gassó, S.A.S. es el distribuidor autorizado por Novo Nordisk y propone una contratación directa con ese proveedor; el informe no consigna monto, número de acta ni fecha.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El precio unitario estimado del proceso es RD$89,975, frente a una mediana de RD$4,500 (rango central RD$3,737.50–RD$7,308.92) en 10 ítems comparables del mismo renglón 10787 en otros procesos de la institución; el precio adjudicado fue RD$86,661 por unidad. Son estimaciones y no precios pagados, pero la diferencia de magnitud amerita verificar la comparabilidad de las unidades y cómo se sustentó el presupuesto.
“El Factor VIl Recombinante 1 mg Ampollas es el medicamento utilizado en este”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
El informe afirma que J. Gassó Gassó está autorizada por Novo Nordisk y que es el único oferente autorizado, pero no describe por sí mismo por qué el producto es insustituible o por qué no existen otras opciones en el mercado. El expediente registra además un documento separado de exclusividad, por lo que conviene contrastar su alcance y sustento con esta afirmación.
“La entidad idónea para ejecutar la presente necesidad del medicamento requerido Factor VIl Recombinante 1 mg ampollas, es la entidad J. Gassó Gassó, S.A.S, quien es la entidad autorizada de distribuir el medicamento, por el fabricante Novo ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
J. Gassó Gassó, S.A.S.El informe la identifica como distribuidor autorizado por Novo Nordisk y como único oferente autorizado para presentar una propuesta; no establece adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona