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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

la Contratación De Servicios De Alquiler De Equipos De Impresión Multifuncionales Para Las Oficinas Del IDAC Y Sus Dependencias. · Instituto Dominicano de Aviación Civíl

Publicado el 29 oct de 202455 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDAC-CCC-CP-2024-0017

Lo que dice

El pliego de condiciones del proceso IDAC-CCC-CP-2024-0017, convocado el 29 de octubre de 2024, establece la contratación por comparación de precios de servicios de alquiler de equipos multifuncionales para 163 equipos y un plazo de cinco meses. Prevé volúmenes mensuales de 100,000 impresiones en blanco y negro y 70,000 a color; el portal registra un monto estimado de RD$5,000,000 y el proceso como desierto.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5 millones

Demanda adicional sin límite cuantificado

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El pliego permite solicitar impresoras e impresiones adicionales según lo estime la institución, sin fijar un máximo cuantitativo en esa cláusula. La incertidumbre sobre el volumen adicional puede dificultar que los oferentes comparen y calculen el costo total; el documento también indica que la vigencia termina a los cinco meses o al agotarse el monto presupuestado.

“Se podrá solicitar la cantidad de impresoras adicionales que se requieran y según lo estime conveniente la Institución. El proveedor no tendrá límites de impresoras e impresiones por suministrar.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo para consultas inferior a la mitad del período de ofertas

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

La convocatoria fue el 29 de octubre y las ofertas vencían el 8 de noviembre; el cronograma cerró las consultas el 1 de noviembre. Ese cierre es anterior al punto medio aproximado del plazo de presentación, reduciendo el tiempo disponible para pedir aclaraciones sobre un objeto con especificaciones extensas.

“Hasta el viernes 1 de noviembre del 2024 3:00 p.m. 2. Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los(as) interesados(as). … Desde el martes 29 de octubre hasta el viernes 8 de noviembre del 2024 a las 10:00 a.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta

Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos técnicos y de experiencia pueden reducir la participación

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El pliego acumula autorización del fabricante, seis cartas de referencia y currículos de al menos 20 técnicos para un servicio de cinco meses. Esa combinación merece revisión por su efecto potencial sobre la cantidad de proveedores capaces de calificar; las credenciales deben guardar proporción con el valor y la complejidad del objeto.

“Carta del fabricante que lo acredite como representante autorizado para ofrecer productos, servicios y mantenimiento de la marca que representa dirigida a la institución con la referencia del proceso. … Curriculum de al menos 20 técnicos qu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Exigencia de almacén y suministros en cada localidad

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

Se exige presencia regional, además de Santo Domingo, y almacén y suministros en cada localidad, junto con indicar las direcciones de sucursales. Para un servicio distribuido en numerosas sedes, esta condición puede favorecer a operadores que ya tengan infraestructura territorial; corresponde verificar su necesidad y proporcionalidad respecto de los tiempos de respuesta requeridos.

“Servicio de reparación y piezas incluido, mantenimiento preventivo debe contar con presencia en las regiones del país Norte, Este y Sur, adicional a Santo Domingo, a ios fines de garantizar el cumplimiento del tiempo de respuesta, deberá co”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

ContextoHallazgo en documentos

Cláusula de adjudicación posterior menciona un porcentaje no definido en el pliego

Documento del 29 oct 2024 · hace 1 año

El pliego establece adjudicación por menor precio con evaluación Cumple/No cumple, sin porcentajes, pero una cláusula dispone que, si el adjudicatario no cumple con fechas o calidad, se adjudique «al siguiente con mayor porcentaje obtenido», término que no define. La propia Sección II (numeral 11) resuelve ese escenario remitiendo al oferente en segundo lugar según el reporte de lugares ocupados, por lo que la referencia aparece como residuo de redacción sin efecto acreditado en el resultado.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente para este procedimiento de contratación es basado en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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