La Enmienda No. I, fechada el 28 de octubre de 2024, modifica el cronograma y varias condiciones del procedimiento SRSV-CCC-CP-2024-0001. Fija el 13 de diciembre de 2024 como plazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento, determina la vigencia de las ofertas y garantías de seriedad hasta el 21 de diciembre de 2024, establece una vigencia de 24 meses para la garantía de fiel cumplimiento e incorpora una restricción de participación basada en el avance de obras adjudicadas previamente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda excluye a oferentes con obras previamente adjudicadas que estén por debajo del 80% de avance para entrega o recepción satisfactoria. Conviene verificar cómo se mide y documenta ese porcentaje y cómo se aplica uniformemente, pues la condición limita quién puede competir.
“Nota l. En el presente proceso no podrán participar las personas físicas o jurídicas que hayan resultado adjudicatarios en procesos anteriores, y cuyas obras adjudicadas se encuentren en un nivel inferior a un 80% para la entrega o recepció” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La enmienda fija una duración de 24 meses para la garantía. El Reglamento establece que debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato; conviene comprobar que el plazo fijado cubra ese momento en este proceso.
“La vigencia de la garantía será de veinticuako (24) meses, contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento del contrato.” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Cronograma del procesoPlazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
El documento indica como plazo anterior el viernes 6 de diciembre de 2024.
El plazo se fija para el viernes 13 de diciembre de 2024.
Relaja
Modelo del contratoModelo contractual aplicable
El modelo anterior no se reproduce ni se describe en la enmienda.
Se ordena utilizar el modelo debidamente cargado.
Aclara
Pliego, numeral 7, nota 1, página 17Limitación a la participación por obras previamente adjudicadas
El texto de la limitación anterior no se reproduce en la enmienda.
No podrán participar quienes tengan obras previamente adjudicadas con avance inferior al 80% para entrega o recepción satisfactoria por el Servicio Regional de Salud Valdesia.
Endurece
Pliego, numeral 10.2Vigencia de ofertas y garantía de seriedad
La vigencia anterior no se indica en el texto de la enmienda.
Las ofertas y la garantía de seriedad deberán estar vigentes hasta el 21 de diciembre de 2024.
Aclara
Pliego, numeral 10, sección IIVigencia de la garantía de fiel cumplimiento
La vigencia anterior no se indica en el texto de la enmienda.
Se establece una vigencia de 24 meses, contados desde la constitución de la garantía.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona