La Enmienda I, fechada el 24 de octubre de 2024, modifica el pliego del proceso ASDN-CCC-CP-2024-0005, convocado para contratar obras del Presupuesto Participativo Municipal. Permite ofertar en todos los lotes, aunque establece que para adjudicar se considerará una empresa distinta por lote, y admite cambios al precio ofertado si el oferente los justifica para mantener el equilibrio económico. También precisa la vigencia contractual y de la garantía de fiel cumplimiento, y remite a planos anexos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La Enmienda I (24/10/2024) modifica el numeral 10.2 del pliego: el adjudicatario ya no debe mantener fijo el precio ofertado; el precio inicial puede cambiar durante la ejecución si el oferente justifica los ajustes para preservar el equilibrio económico, invocando las causas del artículo 177 del Reglamento 416-23, sin que la enmienda establezca un procedimiento específico para verificar esos cambios.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda permite ofertas para todos los lotes, pero dispone que se considere una empresa distinta por lote sin precisar cómo se asignarán los lotes si una misma oferta resulta mejor posicionada en varios. Conviene verificar que la regla aplicada en la adjudicación haya sido objetiva y uniforme.
““Los oferentes interesados podrán participar por todos los lotes con la excepción de que para fines de adjudicación solo sería considerada una empresa distinta por lote para una mejor participación.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 3, pág. 6 del pliegoParticipación y adjudicación por lotes
Ningún oferente podía presentar oferta por más de un lote.
Se permite ofertar por todos los lotes, pero para adjudicar se considerará una empresa distinta por lote.
Relaja
Numeral 10.2, pág. 14 del pliegoPrecio y equilibrio económico del contrato
El adjudicatario debía mantener durante la ejecución el precio propuesto al presentar la oferta.
El precio inicial puede cambiar durante la ejecución si el oferente justifica los cambios para mantener el equilibrio económico del contrato.
RelajaQuita un control: Se debilita la previsibilidad del precio ofertado como referencia; la enmienda no detalla en esta cláusula los supuestos y el trámite de verificación del cambio.
Numeral 4, pág. 27 del pliegoVigencia del contrato y garantía de fiel cumplimiento
El pliego indicaba vigencia contractual de 90 días desde la suscripción hasta el cumplimiento y la liquidación.
La enmienda vincula la vigencia del contrato y de la garantía a 90 días desde la suscripción y hasta la constitución de la garantía y la liquidación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona