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Pliego

Pliego de Condiciones Estandar Servicios INFOTEP-CCC-CP-2024-0010.pdf

“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMUERZO PARA COLABORADORES DE LA ONA Y ECI DEL INFOTEP, (DIRIGIDO A MIPYMES)” · Instituto Nacional de formación Técnico Profesional

Publicado el 25 oct de 202444 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INFOTEP-CCC-CP-2024-0010

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la comparación de precios INFOTEP-CCC-CP-2024-0010 para almuerzos buffet destinados a colaboradores de la ONA y el ECI, proceso convocado el 25/10/2024 y reservado a MIPYMES. Fija un presupuesto base de RD$5,360,000, un consumo estimado de 240 a 280 almuerzos diarios y un servicio previsto por tres meses o hasta agotar el monto; dispone adjudicar a la oferta técnicamente conforme de menor precio por plato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Requisito de ubicación del centro de elaboración

Documento del 25 oct 2024 · hace 1 año

El pliego exige que el centro de distribución o elaboración esté localizado según la provincia donde se solicite el servicio. Para este servicio en Santo Domingo, la condición puede excluir a oferentes de otras provincias aunque pudieran cumplir los tiempos y condiciones de entrega; conviene verificar su necesidad y proporcionalidad.

“Ubicación Geográfica: para garantizar el suministro a tiempo de las raciones y la conservación del estado fresco y adecuado al consumo, el centro de distribución o local donde se elaboren los alimentos debe estar localizado según la provinc”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Evaluación de degustación con criterios sin umbrales definidos

Documento del 25 oct 2024 · hace 1 año

La degustación habilita una etapa posterior y se evalúan cualidades como presentación, frescura, calidad y sabor, pero el pasaje no fija escalas ni umbrales para determinar cumplimiento. Esa falta de parámetros verificables puede dejar margen de valoración desigual entre oferentes.

“Cada servicio deberá estar empacado y los peritos responsables evaluarán la presentación, higiene, organización, frescura, calidad y sabor de los alimentos. También las condiciones de la entrega.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

A revisarHallazgo en documentos

Certificación FDA exigida para equipos y utensilios

Documento del 25 oct 2024 · hace 1 año

El pliego exige equipos y utensilios de cocina certificados por la FDA, sin identificar el estándar o medio equivalente aceptable. Al tratarse de un requisito técnico habilitante, conviene verificar que sea pertinente para el objeto y que no restrinja innecesariamente la participación.

“Equipos y utensilios de cocina certificados por la FDA,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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A revisarHallazgo en documentos

Distinta duración indicada para el servicio y la vigencia contractual

Documento del 25 oct 2024 · hace 1 año

El servicio se describe como previsto para tres meses o hasta agotar el monto, mientras que la vigencia del contrato se fija en un año. Podrían ser períodos distintos —prestación y cierre contractual—, pero el pliego no los delimita claramente en estos pasajes, lo que deja incertidumbre sobre el período efectivo de prestación.

“La convocatoria a Comparación de Precios se hace sobre la base de un servicio por un periodo de 03 meses o hasta agotar existencia del monto adjudicado, contados a partir del registro del contrato. … La vigencia del Contrato será de un año,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

ContextoHallazgo en documentosRD$5.4 millones

Presupuesto próximo al límite de comparación de precios

Documento del 25 oct 2024 · hace 1 año

El pliego fija RD$5,360,000, apenas RD$2,627.33 por debajo del tope de RD$5,362,627.33 para comparación de precios de servicios en 2024. El portal registra un estimado de RD$5,362,000, a RD$627.33 del tope; la cercanía amerita verificar el cálculo del presupuesto y la modalidad, aunque por sí sola no acredita irregularidad.

“El presupuesto base para la contratación de referencia, asciende a [RD$ 5,360,000.00 (cinco millones trescientos sesenta mil pesos con 00/100)], hasta agotar existencia.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Reglamento 416-23, art. 42 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 17

ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…

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Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios

Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.

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Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

Oferentes que registra (3)

2 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Martínez Torres Traveling, SRLEl portal registra un contrato por RD$5,362,000; el pliego no contiene la evaluación ni el acto de adjudicación.Adjudicado—RD$5,362,000
Cantabria Brand Representative, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente; el pliego no establece su habilitación ni resultado.Mencionado—RD$5,362,000
Disla Uribe Koncepto, SRLEl portal registra una oferta cargada/pendiente; el pliego no establece su habilitación ni resultado.Mencionado—RD$5,362,000

Otros documentos del proceso (12)

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  • Pliego de Condiciones Estandar Servicios INFOTEP-CCC-CP-2024-0010.pdfPliego · 25 oct de 2024 · 2 señales
  • SOLICITUD DE COMPRAS INFOTEP-CCC-CP-2024-0010.pdfSolicitud de compra · 25 oct de 2024 · 1 señal
  • Acto Adm. Aprobación INFOTEP-CCC-CP-2024-0010.pdfDocumento · 25 oct de 2024
  • CERTIFICACION DE EXISTENCIA DE FONDOS INFOTEP-CCC-CP-2024-0010.pdfCertificación de fondos · 25 oct de 2024 · 1 señal
  • 010.pdfCircular · 19 nov de 2024
  • Acta de Adjudicación CP-0010.pdfActa de adjudicación · 28 nov de 2024
  • Acto de comprobación CP-0010.pdfDocumento · —
  • ACTO DE COMPROBACION.pdfDocumento · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • INFORME DEFINITIVO CP-0010.pdfInforme de evaluación · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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