El estudio previo, fechado el 2024-08-08, define la necesidad y los entregables de una consultoría de gobernanza en ciberseguridad, con costo estimado de RD$5,100,000. Recomienda tramitarla como compra por debajo del umbral, aunque ese monto correspondía a Comparación de Precios en 2024; el portal registra que se convocó por esa modalidad. También establece varias certificaciones para el equipo consultor y para la empresa proponente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (7 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio recomienda compra por debajo del umbral para RD$5,100,000. En 2024 ese monto estaba dentro del rango de Comparación de Precios para bienes y servicios (RD$1,761,816.42 a RD$5,362,627.33); el portal registra que finalmente se convocó por Comparación de Precios, por lo que la discrepancia aparece en la recomendación del estudio y no en la modalidad registrada del proceso.
“El costo estimado para la contratación de los servicios de Consultoría de Implementación Gobernanza en Ciberseguridad es RD$5,100,000.00, en cuya virtud, de conformidad con el umbral establecido mediante la Resolución emitida por la Direcci”
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Reglamento 416-23, artículo 45 — De las compras por montos debajo del umbral
Artículo 45. De las compras por montos debajo del umbral. Para la adquisición de bienes y servicios por montos inferiores al umbral actualizado anualmente, de acuerdo con lo establecido en la ley, la Dirección General de Contrataciones Públicas establecerá un procedimiento simple para agilizar su trámite, al tiempo de garantizar la transparencia y eficiencia de las mismas.
El estudio exige que el equipo asignado reúna al menos siete certificaciones y que la empresa proponente cuente con cuatro certificaciones de sistemas de gestión, varias identificadas por versiones antiguas. La acumulación y especificidad de estas condiciones merece verificar su proporcionalidad con el objeto y su efecto sobre la participación; el propio estudio afirma que hay varios proveedores disponibles, pero no justifica cada exigencia.
“Los técnicos o profesionales que estarán asignados a la auditoría deben en conjunto tener, al menos, las siguientes certificaciones:”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Otros documentos del proceso (12)
SC-208.pdfSolicitud de compra · 24 oct de 2024 · 1 señal
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona