El pliego establece las bases de una comparación de precios convocada el 18/10/2024 para 12 lotes de obras del presupuesto administrativo 2024, con presupuesto base de RD$176,151,516.36. Fija requisitos de participación, evaluación por cumple/no cumple y adjudicación por menor precio, además de un cronograma que prevé recibir ofertas el 29/10/2024 y adjudicar el 08/01/2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para cada lote se exige crédito disponible de al menos el 20% del valor a contratar, dos contratos similares terminados y personal clave con experiencia mínima. Como los lotes comprenden obras de naturaleza diversa y los requisitos son habilitantes, conviene verificar su proporcionalidad frente a cada objeto y monto.
“Certificación de poseer disponibilidad de crédito comercial emitida para este procedimiento en particular (relacionadas al sector construcción) y/o líneas de crédito de bancos comerciales establecidos en la República Dominicana por un monto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Aunque prevé pagos parciales mediante cubicaciones periódicas, el texto condiciona esos pagos a que sean mayores al 80% del monto del contrato. No aclara si ese porcentaje se refiere a cada cubicación o a otra base, lo que puede afectar la previsibilidad del flujo de pagos y la preparación de ofertas.
“La suma restante será pagada en pagos parciales al contratista, mediante cubicaciones periódicas por las partidas ejecutadas y certificadas por el supervisor o responsable del contrato que deben corresponderse con el Cronograma de Ejecución”
El cronograma sitúa la adjudicación el 08/01/2025, pero las ofertas solo se declaran vigentes hasta el 17/12/2024. El pliego permite pedir prórroga, que los oferentes pueden rechazar; además, la vigencia de la garantía aparece fijada hasta esa misma fecha pese a que otra cláusula exige cubrir veinte días después de la firma prevista del contrato.
“Las ofertas presentadas por los oferentes deben estar vigentes hasta el diecisiete (17) de diciembre de 2024 … 15. Adjudicación | MIERCOLES 08 DE ENERO DEL 2025 A LAS 04:00 P.M”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 22 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 22
ART. 22. La propuesta tendrá validez durante el periodo que se señale en el pliego de condiciones; no obstante, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la entidad podrá solicitar una prórroga de duración determinada. El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el proceso. Para que la oferta se estime prorrogada se requiere que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, determinándose que quien no entregue la garantía prorrogada no será considerado en el proceso.
El pliego establece como regla un máximo de un lote por oferente, pero permite adjudicar más cuando exista la “posibilidad” de lotes desiertos, sin precisar cómo se determina esa posibilidad ni cómo se aplica la excepción. Esto deja indeterminado un aspecto que puede incidir en la distribución de las adjudicaciones.
“La adjudicación será por lote, la cantidad máxima de lotes a adjudicar es de un (1) lote por oferente en el procedimiento en curso. Excepcionalmente, podrá adjudicarse más de un lote, cuando exista la posibilidad de quedar lotes desiertos, ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
El pliego permite considerar no sustentable o temeraria una oferta que supere el presupuesto de referencia en más de 10%, además de una que esté por debajo en más de 10%. La regla mezcla el precio alto con el supuesto de precio anormalmente bajo y puede introducir incertidumbre en la evaluación económica.
“La propuesta económica de un oferente podrá rechazarse si (Por considerarse la Oferta no sustentable y temeraria): Supera en un diez (10%) el presupuesto de referencia de la Entidad Contratante o que esté por debajo en un diez (10%) del pre”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona